Como ya señalamos en la anterior publicación del blog, la digitalización de las pymes es algo necesario y muy beneficioso para su desarrollo y adaptación a este momento de globalización que se está dando en todo el mundo. Por esto, la Junta de Andalucía ha impulsado un Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico. El objetivo principal es ayudar al desarrollo de las pymes y autónomos con la financiación del 100% del coste que implique la implantación de productos y soluciones digitales.
Para ello, se han activado dos tipos de subvenciones:
1. Una dirigida a pymes.
2. Otra para las asociaciones comerciales sin ánimo de lucro.
Ambas, tienen como finalidad la implantación de nuevas fórmulas comerciales y hábitos de consumo que fomenten la innovación empresarial, la estimulación de las ventas, la revitalización de áreas y equipamientos comerciales y, por supuesto, el impulso de la digitalización mediante el uso de nuevas tecnologías.
Este programa, será aplicable para la incorporación de proyectos de estrategias comerciales y de comunicación en línea, nuevas tecnologías en el espacio físico de venta que mejore su adaptación a las nuevas necesidades de los consumidores o nuevos modelos de gestión, soluciones tecnológicas que mejoren la eficiencia y sostenibilidad, así como el consumo energético y de los recursos.
Las subvenciones se gestionarán en régimen de concurrencia no competitiva, será del 100% del presupuesto aceptado (sin incluir el IVA) y la inversión mínima debe ser de 5.000€ (sin IVA).
El presupuesto total para la primera convocatoria (año 2022) es de 8 millones de euros, que se reparten en:
- 5 millones de euros para las pymes.
- 3 millones de euros para las asociaciones / federaciones / confederaciones de comerciantes.
En total, habrá dos convocatorias: una antes del final del 2022 y otra en 2023. Para la primera, el plazo de presentación es el 28 de febrero de 2023. En los 10 días próximos a la recepción de la solicitud en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, se llevará a cabo la comunicación de inicio del procedimiento y, en el caso de que se diera, el requerimiento de subsanación.
Tres meses después, es el periodo de resolución y, entre el 9 de mayo de 2022 y, como máximo, 3 meses tras la fecha de resolución de la concesión, contará como gasto realizado el que se haya pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. Por último, se dará un mes tras la finalización del plazo máximo de ejecución establecido en la resolución de la concesión para la presentación de la documentación justificativa.